Los detalles de la reforma tributaria del gobierno: royalty "híbrido", impuesto a riqueza y baja a empresas
Según las autoridades, más del 97% de los contribuyentes mantendrán su carga tributaria, incluyendo el 75% de personas que se encuentran en el tramo exento del impuesto a la renta. Se buscará recaudar 4,1% del PIB.
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Y llegó la hora. El gobierno presentó este viernes la reforma tributaria con la que busca financiar la mitad del programa de gobierno y que, según los análisis del Ejecutivo espera recaudar un 4,1% del PIB, con diversos cambios impositivos como royalty a la minería, impuesto a la riqueza y mejorar el combate a la elusión, evasión, junto con modificar algunas exenciones tributarias.
A continuación, los cambios centrales que propone el Ejecutivo.
IMPUESTOS A PERSONAS Y EMPRESAS
- Aumentarán las tasas marginales de las personas que obtienen ingresos mensuales de más de $4 millones. Además, la tasa marginal máxima se establece en 43%, ubicándose en el promedio de los países de la OCDE.
- Para las ganancias de capital en instrumentos bursátiles (acciones y otros), que hoy cuentan con una tasa preferente de 10%, se homologa su tratamiento al de los dividendos, quedando sujetos a una tasa de 22% con posibilidad de reliquidar en el impuesto global complementario.
- Todos los ingresos generados por arriendos de inmuebles estarán gravados con impuestos, eliminando la exención otorgada a los DFL2 a este respecto.
- El impuesto de primera categoría se reduce de 27% a 25% y se establece una tasa de desarrollo, de 2% de las utilidades.
- Se establece una tasa de 1,8% al diferimiento del pago de impuestos personales, similar a una tasa de interés por la postergación del pago del impuesto a las rentas del capital a través de sociedades de inversión u otros vehículos similares. Esta tasa solamente será aplicable a empresas cuyos ingresos provienen en más de un 50% de rentas pasivas, tales como dividendos, intereses (salvo instituciones financieras), o arriendos de inmuebles. Ninguna empresa de carácter operativo, que invierte en la economía real, estará sujeta al pago de este impuesto.
CAMBIOS PARA LAS PYME
-Los nuevos emprendimientos podrán optar a un crédito especial de IVA por el primer año de sus operaciones. Este crédito especial será equivalente al 100% del impuesto determinado por los primeros tres meses, de un 50% por los segundos tres meses y de un 25% por los siguientes seis meses, totalizando 12 meses de beneficio tributario.
-Las Pymes, actualmente excluidas, podrán acceder al incentivo tributario en I+D, que permite que un 35% del gasto en este concepto sea utilizado como un crédito contra el impuesto de primera categoría. Como beneficio adicional, cuando la Pyme determine un resultado anual negativo y haya invertido en I+D, el crédito será reembolsable, funcionando como un subsidio directo.
IMPUESTO A LA RIQUEZA
- Se propone un impuesto a la riqueza de hasta un 1,8% al cual quedan sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en Chile como en el extranjero, que exceda de US$5 millones. El diseño considera el siguiente esquema de tramos y tasas marginales:
Tramos y tasas impuesto a la riqueza
Tramo (UTA) |