Regulador pone en consulta norma con nuevos cambios en la inversión de activos alternativos
Nuevas disposiciones para los créditos sindicados y nuevas disposiciones en seguridad, son parte de las nuevas modificaciones propuestas.
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La Superintendencia de Pensiones (SP) hoy informó que puso en consulta pública dos nuevas normas de carácter general que introducen perfeccionamientos y precisiones a los Compendios de Normas respecto a la inversión en activos alternativos por parte de los Fondos de Pensiones y de Cesantía. El período de consulta finaliza el próximo 29 de noviembre de 2019.
Los principales cambios introducidos son los siguientes:
1. Nuevas disposiciones para los créditos sindicados, destacándose el canje del pagaré asociado al crédito por bonos u otros instrumentos emitidos por el deudor.
2. Nuevas disposiciones para la custodia de activos alternativos extranjeros: contabilización en el límite de renta variable, de la inversión subyacente en capital privado a través de vehículos alternativos de deuda privada extranjeros.
3. Nuevas disposiciones en seguridad de las inversiones en activos alternativos en el extranjero: se incorpora explícitamente que la opinión legal deberá consignar desde que instante y cómo el Fondo de Pensiones adquiere la calidad de socio o su equivalente.
4. Valorización de créditos sindicados y mutuos hipotecarios endosables con tasa variable.
5. Eliminación de las referencias a commodities y hedge funds de regulación sobre las notas estructuradas.
6. Perfeccionamientos a reportes financieros sobre inversiones en activos alternativos que deben enviar las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) a la Superintendencia de Pensiones.
Consolidación de instrucciones y circulares
Las nuevas normas en consulta también tienen como objetivo la consolidación de las instrucciones y circulares en materia de activos alternativos. La idea es incluir en los Compendios de Normas de los Fondos de Pensiones y de Cesantía toda la regulación de inversión en activos alternativos que la Superintendencia ha establecido mediante oficios dirigidos a las AFP y AFC en 2018 y 2019.
Dichos oficios establecieron disposiciones relativas a:
1. Consideraciones de los activos alternativos en los límites de inversión.
2. Elegibilidad de activos alternativos para los Fondos de Pensiones y de Cesantía.
3. Consideraciones para la infraestructura nacional y mutuos hipotecarios endosables.
4. Instrucciones para reportar estas inversiones en los formularios del Informe Diario y en el Informe de Activos Subyacentes.